Departamento de Apoyo Legal de la División de Concesiones del INP

El Departamento de Apoyo Legal de la División de Concesiones debe entenderse como una unidad destinada a respaldar jurídicamente la preparación, adjudicación, ejecución, fiscalización y cierre de proyectos concesionados, dentro del marco legal aplicable y de las atribuciones de la autoridad pública competente. Su trabajo se relaciona con la estructuración de contratos, la revisión de bases de licitación, la gestión de riesgos legales, la resolución de controversias y el control del cumplimiento de las obligaciones de las partes.

En el sistema chileno de concesiones, estas funciones se desarrollan en un marco de asociación público-privada impulsado por el Ministerio de Obras Públicas. La Dirección General de Concesiones de Obras Públicas tiene como objeto la ejecución, reparación, mantención, conservación y explotación de obras públicas fiscales concesionadas, y la provisión de equipamiento o la prestación de servicios asociados, así como también la fiscalización del debido cumplimiento de las normas legales y administrativas aplicables a los contratos de concesión.

Marco jurídico de las concesiones

El Congreso de la Nación, con el amplio apoyo de todos los sectores políticos, promulgó en 1996 la Ley de Concesiones (Decreto MOP N° 900), que permite al Ministerio de Obras Públicas otorgar en Concesión toda obra pública. El texto legal establece que en caso que el proyecto a concesionar sea competencia de otro organismo del Estado, esta entidad podrá delegar en el Ministerio de Obras Públicas, mediante convenio mandato, la facultad de concesionar la obra en cuestión.

La Ley de Concesiones establece que la adjudicación de las concesiones se efectúe vía licitación pública, nacional o internacional. Adicionalmente, el Ministerio puede hacer un llamado a precalificación de empresas o consorcios cuando la obra revista especiales características de complejidad, magnitud o costo.

Es necesario agregar que los contratos de concesión se rigen por las normas establecidas en el Reglamento de Concesiones (D.S MOP N° 956 de 1997). Dicho marco jurídico garantiza un adecuado equilibrio entre el sector público y privado en cuanto a los derechos y obligaciones de las partes, incorporando mecanismos de resolución de controversias, de mediación, arbitraje y herramientas que facilitan el financiamiento de los proyectos.

Las normas jurídicas que reglamentan la provisión de infraestructura pública, a través del sistema de concesiones, están estipuladas en diversos cuerpos legales, especialmente la Ley de Concesiones (DS N° 900 de 1996 del Ministerio de Obras Públicas y su Reglamento, Decreto Supremo N° 956, de 1997; Ley 20.410 de 2010 y ley 21.044 de 2017 y modificación al Reglamento de Concesiones en materias de iniciativas privadas).

Dicha normativa, aprobada ampliamente por todos los sectores políticos del país, regula la adjudicación, ejecución, reparación o conservación de las obras públicas otorgadas en concesión a privados. La Ley de Concesiones establece que en los procesos de licitación pueden participar empresas nacionales y extranjeras.

Función jurídica dentro del sistema de concesiones

El apoyo legal resulta necesario desde la declaración y existencia del proyecto hasta la terminación de la concesión. En un marco legal claramente establecido, el Estado y los inversionistas privados entablan relaciones destinadas a generar dos tipos de proyectos, de acuerdo a su origen: los de procedencia pública y los de origen privado, ambos viables económicamente y dotados de una rentabilidad social razonable para el Estado.

En su ciclo de desarrollo, las propuestas a ser concesionadas pueden ser de origen público o privado. En el segundo caso, el Ministerio de Obras Publicas debe determinar si la iniciativa es de interés para el Estado, lo que es visto por el Consejo de Concesiones. De ser así, el proyecto será considerado apto para ser licitado.

Si el origen del proyecto es público, el Ministerio consulta con otros organismos fiscales sobre su factibilidad y conveniencia; sólo entonces se integra a la cartera de negocios. Una vez que los interesados en los proyectos entran en una fase de precalificación o directamente de licitación, los profesionales del Ministerio de Obras Publicas dan inicio a una etapa de intercambio de información técnica y de factibilidad con los participantes del sector financiero y los propios actores del proceso, perfeccionando los proyectos y los mecanismos de participación del Estado y del sector privado.

En este contexto, un departamento de apoyo legal puede intervenir en la revisión de la competencia institucional, la identificación de autorizaciones necesarias, la elaboración de convenios mandato, la definición de responsabilidades públicas y privadas, la preparación de documentos licitatorios y la incorporación de mecanismos de control y solución de controversias.

Relación con la Dirección General de Concesiones

En el marco de una asociación público-privada y amparada en las políticas de equilibrio presupuestario, descentralización, medio ambiente, participación ciudadana e inversión de infraestructura pública, la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas (DGC) tiene como objeto la ejecución, reparación, mantención, conservación y explotación de obras públicas fiscales concesionadas, y la provisión de equipamiento o la prestación de servicios asociados, así como también la fiscalización del debido cumplimiento de las normas legales y administrativas aplicables a los contratos de concesión.

Para cumplir con este objetivo, destacan las siguientes funciones y atribuciones de la DGC:

  • Someter a la aprobación del Ministro de Obras Públicas la propuesta de ejecución, reparación, mantención, conservación o explotación de obras públicas fiscales concesionadas.
  • Presentar al Ministro de Obras Públicas, para su aprobación, dentro del primer trimestre de cada año, el plan de concesiones, con una proyección de cinco años de plazo, el cual contendrá una visión territorial procurando un desarrollo armónico entre Las regiones del país.
  • Este plan deberá ser previamente sometido a la consulta del Consejo de Concesiones y posteriormente enviado al Congreso Nacional para su conocimiento.
  • Presentar al Ministro de Obras Públicas, dentro del primer trimestre de cada año, un informe de monitoreo y evaluación de la labor fiscalizadora en las etapas de ejecución, reparación, mantención, conservación o explotación de obras públicas, con su correspondiente plan de fortalecimiento.
  • Contratar estudios, proyectos, ejecución de obras y asesorías.
  • Velar por el adecuado y correcto cumplimiento de los contratos de concesión en sus diferentes etapas.
  • Fomentar, promover y difundir ante inversionistas públicos o privados, nacionales o extranjeros, la asociación público-privada en materia de infraestructura.
  • Evaluar, analizar y estructurar financieramente los proyectos en desarrollo.

Estas atribuciones requieren una coordinación permanente entre las áreas jurídicas, técnicas, financieras, ambientales, territoriales y de fiscalización. El apoyo legal contribuye a que las decisiones administrativas, los contratos y las actuaciones de la autoridad se ajusten a la legislación vigente y a las condiciones establecidas para cada proyecto.

Asociación público-privada y distribución de responsabilidades

La asociación pública privada, impulsada por el Ministerio de Obras Públicas, es una estrategia que ha permitido al Estado, en el área de inversión de infraestructura pública, liberar recursos para favorecer otras obras públicas de alto impacto social que el MOP hubiera tardado años realizar, optimizar sus inversiones y potenciar el desarrollo productivo del país.

Desde el ámbito privado, se aportan los recursos económicos, la experiencia e innovación tecnológica y, desde el Estado, se entregan los esquemas asociativos, instrumentos que facilitan el financiamiento y un marco legal que ha permitido sustentar una alianza a largo plazo.

La empresa o consorcio que se adjudica la concesión construye las obras establecidas en el contrato, lo administra y mantiene el servicio por un período determinado que varía de acuerdo a cada base de licitación- El esquema utilizado para la ejecución de los proyectos es el Sistema BOT (construir, operar y transferir, de sus siglas en inglés).

Para hacer posible este sistema, los ingresos percibidos deben ser superiores a la inversión realizada, tanto en obras como mantenimiento y operación de las mismas. De igual forma, debe existir un sistema de garantías y seguros que de confianza a todos los agentes que se relacionan con la construcción, operación y mantenimiento del contrato de concesión, y un esquema financiero que permita diversificar los riesgos de la inversión.

Desde la perspectiva jurídica, la distribución de riesgos debe quedar reflejada en las bases de licitación, el contrato de concesión, las garantías, los seguros, las obligaciones de conservación, los estándares de servicio y los mecanismos de modificación o terminación contractual.

Etapas del proyecto y participación jurídica

Declaración y existencia del proyecto

En un marco legal claramente establecido, el Estado y los inversionistas privados entablan relaciones destinadas a generar dos tipos de proyectos, de acuerdo a su origen: los de procedencia pública y los de origen privado, ambos viables económicamente y dotados de una rentabilidad social razonable para el Estado.

En esta fase, el apoyo legal puede contribuir a verificar el origen de la iniciativa, la competencia del organismo promotor, la procedencia de una eventual delegación mediante convenio mandato y la compatibilidad del proyecto con los instrumentos de planificación aplicables.

Estudio y diseño

Antes de licitarse, cada proyecto es objeto de estudios realizados por un equipo multidisciplinario de profesionales de los Ministerios de Obras Públicas y Hacienda y de otras reparticiones públicas. En esta etapa se pueden diferenciar cinco fases:

Estudio de prefactibilidad

El Ministerio de Obras Públicas desarrolla un anteproyecto de ingeniería para definir la demanda. También realiza una evaluación social y verifica la rentabilidad privada del proyecto.

Estudio del negocio

El Ministerio de Obras Públicas delimita los aspectos de ingeniería relevantes para la licitación; el esquema de operación de la concesión; el grado de compromiso de los agentes ante los riesgos del negocio; y otros aspectos técnico-económicos de importancia.

Confección del prospecto del negocio

El Ministerio de Obras Públicas elabora un documento con los antecedentes básicos relacionados con la concesión. Este prospecto entrega detalles del proyecto y permite a los potenciales inversionistas desarrollar sus evaluaciones preliminares.

Proceso de precalificación

En esta etapa comienza la licitación pública del proyecto. De acuerdo a la Ley y el Reglamento de Concesiones, el Ministerio de Obras Públicas selecciona a los consorcios que cumplen con los requisitos jurídicos y financieros para participar en el proceso.

Las partes analizan y discuten los principales aspectos de la obra, tales como diseños de ingeniería, estudios de demanda y los aspectos jurídicos, administrativos, económicos y financieros.

La revisión jurídica debe considerar especialmente la capacidad legal de las empresas o consorcios, la acreditación de sus antecedentes, la suficiencia de las garantías, el cumplimiento de los requisitos financieros y la ausencia de impedimentos para participar en el proceso.

Confección de las bases de licitación

En esta fase se definen detalladamente cada uno de los parámetros legales administrativos, técnicos y económicos que deberán considerar los consorcios precalificados para formular sus propuestas técnicas y económicas.

En último término los parámetros permitirán evaluar, adjudicar, controlar y supervisar la ejecución y explotación de la concesión. Por ello, el apoyo legal debe contribuir a que las bases sean coherentes, completas, exigibles y compatibles con el contrato que se suscribirá posteriormente.

Licitación y adjudicación

En esta etapa se realiza el llamado a licitación pública a través del Diario Oficial y diarios de circulación nacional. Posteriormente se reciben, estudian y evalúan las ofertas y, en último término, se adjudica la concesión al consorcio que resulte seleccionado.

Con posterioridad a esa selección, el Estado chileno dicta un Decreto Supremo mediante el cual adjudica la concesión para la construcción, reparación, conservación y explotación de la obra al consorcio ganador. En este documento se estipulan los deberes y atribuciones de las partes durante el período de concesión.

En la Etapa de Evaluación de Ofertas Económicas participan los consorcios cuyas propuestas fueron aprobadas en la evaluación técnica. La concesión se la adjudica el consorcio que presente la oferta más conveniente, considerando los factores y ponderaciones que se establecen en las Bases de Licitación para cada proyecto y que pueden ser los siguientes:

  • Estructura de Tarifas
  • Subsidio del Estado al Consorcio
  • Plazo de Concesión
  • Ingresos Mínimos Garantizados por el Estado
  • Pagos ofrecidos por el consorcio al Estado por Infraestructura Existente
  • Grado de compromiso de riesgo que asume el consorcio durante la construcción de la obra
  • Calidad de la oferta técnica en sus aspectos de ingeniería básica y conceptual
  • Oferta del consorcio para pagar montos extraordinarios al Estado, o reducir el precio de las tarifas cuando la rentabilidad de patrimonio sobre activos exceda una tasa de rentabilidad contractualmente acordada
  • Calificación de otros servicios adicionales necesarios

Una vez seleccionado el consorcio, el Ministerio de Obras Públicas redacta, aprueba y publica en el Diario Oficial el decreto de adjudicación, el que debe contener las siguientes estipulaciones:

  • Individualización del adjudicatario;
  • Bases de Licitación;
  • Ofertas Técnicas y Económicas aceptadas e Individualización de la normativa que se entiende incorporada al contrato.

El proceso de adjudicación termina una vez que el consorcio ganador haya constituido la Sociedad Concesionaria. Desde la generación del proyecto hasta la licitación, el plazo promedio ha sido, aproximadamente, de 16 meses.

Contrato de concesión y control jurídico

El contrato de concesión constituye el instrumento central que organiza la relación entre el Estado y la sociedad concesionaria. Su contenido debe reflejar las bases de licitación, la oferta aceptada, el decreto de adjudicación y la normativa aplicable.

Dicho marco jurídico garantiza un adecuado equilibrio entre el sector público y privado en cuanto a los derechos y obligaciones de las partes, incorporando mecanismos de resolución de controversias, de mediación, arbitraje y herramientas que facilitan el financiamiento de los proyectos.

El control jurídico comprende la revisión del cumplimiento de las obligaciones contractuales, la interpretación de las cláusulas, el análisis de modificaciones, la evaluación de incumplimientos, la aplicación de medidas previstas en el contrato y la preparación de antecedentes para procedimientos administrativos, arbitrales o judiciales.

Velar por el adecuado y correcto cumplimiento de los contratos de concesión en sus diferentes etapas exige verificar que las obligaciones técnicas, económicas, administrativas y legales se cumplan de acuerdo con los estándares y plazos establecidos.

Etapa de construcción y explotación

Una vez adjudicada la obra, el licitante se constituye como sociedad concesionaria y a partir de ese momento comienza la etapa de construcción. Es importante indicar que en el caso de las relicitaciones (segundas concesiones y sucesivas), esta etapa también conlleva el inicio de la operación de la obra por parte del nuevo concesionario.

De esta manera, una obra concesionada por primera vez comienza la etapa de construcción cuando se cumplan todos los requisitos establecidos en las Bases de Licitación (legales, administrativos y técnicos). Mientras que en el caso de las obras que se construye y opera simultáneamente, la concesionaria toma de inmediato la operación de esta y luego, una vez que se cumplan todos los requisitos establecidos en las Bases de Licitación de ese contrato (legales, administrativos y técnicos), puede comenzar la etapa de construcción.

Durante esta fase, el apoyo legal puede abordar la constitución y funcionamiento de la sociedad concesionaria, la entrega de terrenos, las garantías, los permisos, la contratación de obras y servicios, las modificaciones contractuales, la responsabilidad por daños, los seguros y las obligaciones de operación y mantenimiento.

La supervisión jurídica también debe acompañar las actuaciones de la administración concedente, los informes de fiscalización, las comunicaciones formales, los requerimientos de subsanación y las decisiones que produzcan efectos sobre los derechos u obligaciones de la sociedad concesionaria.

Expropiaciones necesarias para las obras concesionadas

Para concretar las obras contempladas en el programa de concesiones que desarrolla el Ministerio de Obras Públicas (MOP), el Fisco se ve en la necesidad de adquirir los terrenos en que dichas obras se realizarán. Para ello debe expropiar el terreno, pagando a cada uno de los propietarios afectados la indemnización que contemplan las normas constitucionales y legales vigentes, siguiendo un procedimiento descrito y regulado por el Decreto Ley Nº 2.186 de 1978 (Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones).

Obligaciones de los propietarios sujetos a expropiación

Los propietarios sujetos a expropiación deben mantener disponibles y actualizados todos los antecedentes legales de la propiedad, resolver los problemas vinculados al dominio y facilitar la visita de la comisión de peritos tasadores.

  • Mantener disponibles y actualizados todos los antecedentes legales de la propiedad (títulos de dominio como escrituras públicas de compraventa, donación, etc., copias de inscripciones, idealmente con certificados de vigencia actualizados, y otros que arroje un estudio de títulos básico).
  • Resolver los problemas de sucesiones u otros vinculados al dominio.
  • Facilitar la visita que realizará la comisión de peritos tasadores.

Desarrollo del procedimiento de expropiación

Primero se requiere contar con el proyecto de lo que será la Obra Pública Concesionada, para luego elaborar el plano de las áreas sujetas a expropiación. Aprobado el plano, el MOP informa o comunica al propietario afectado, indicando la superficie del predio que será necesario expropiar.

Al mismo tiempo se le comunica que una comisión de tres peritos tasadores independientes visitará la propiedad para efectuar la tasación del área que se necesita expropiar y demás bienes afectados. La comisión cuyo nombramiento y actuación están regulados en el DL 2186, ya citado, portará un certificado que acredita su nombramiento.

Con información de terreno y antecedentes de la propiedad, la comisión elabora un informe de tasación, indicando características de la propiedad, valor comercial de todo lo que se expropiará.

Posteriormente, el expropiado recibe una segunda comunicación por parte del MOP con copia del informe indicándole el valor de tasación y los datos de contactos del personal del Departamento de Expropiaciones de la Dirección General de Concesiones con quienes se podrán contactar durante el desarrollo del procedimiento.

Tramitación por acuerdo o convenio

Si hay acuerdo con la tasación, se procederá a la tramitación por la vía del acuerdo o convenio. En este caso, una vez agotados los trámites administrativos el MOP pagará directamente al expropiado la indemnización por la expropiación.

Los hitos más relevantes son la manifestación del acuerdo con la expropiación y la entrega de los bienes expropiados, la verificación de que no existen impedimentos legales para esta vía de tramitación, la firma de una Escritura Pública de expropiación por parte del MOP y del expropiado y la posterior inscripción a nombre del Fisco del terreno expropiado en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.

Esta tramitación tarda aproximadamente 10 meses. Después de inscrita la propiedad a favor del Fisco, el MOP emite un informe de pago que dará origen a una orden de pago en favor del expropiado.

Tramitación judicial

Si no existe acuerdo con la tasación o se verifica la existencia de impedimentos legales o administrativos, la expropiación será tramitada por vía judicial, oportunidad en la que se puede reclamar del monto fijado por los peritos, siendo los tribunales los encargados de fijar la indemnización definitiva, para lo cual tomarán en consideración los antecedentes presentados por el expropiado y el MOP.

Mientras se desarrolla el proceso judicial, el juez puede ordenar que se pague al propietario expropiado la suma no disputada del monto de indemnización. Además, los tribunales deben autorizar al MOP para que ingrese a terreno y ejecute las obras a pesar del procedimiento judicial en trámite.

La gestión jurídica de las expropiaciones exige revisar los títulos de dominio, identificar eventuales sucesiones, verificar la situación registral, controlar la tasación, preparar escrituras, coordinar la inscripción fiscal y atender las controversias que puedan plantearse durante el procedimiento.

Medio ambiente, territorio y participación ciudadana

El Sistema de Concesiones chileno ha sido pionero en aspectos relativos a la gestión y planificación ambiental, marcando un camino para el desarrollo sustentable de la infraestructura en chile.

La participación ciudadana es un aspecto fundamental en las distintas fases de un proyecto concesionado. De esta manera, se promueve la inserción territorial de las obras, acorde a los impactos que éstas generen y con las necesidades de la comunidad, la que es informada e integrada en los procesos de elaboración de los distintos contratos de la concesión.

De esta forma, la industria de las concesiones de infraestructura pública, además de generar importantes recursos para el desarrollo de la economía nacional, ha dado también un fuerte impulso a la integración social y cultural de Chile.

La revisión legal debe acompañar los procedimientos de participación, las obligaciones ambientales, la coordinación territorial y la incorporación de medidas de mitigación, reparación o compensación cuando correspondan al proyecto y a su marco regulatorio.

Consejo de Concesiones

El Consejo de Concesiones es una entidad de carácter consultivo del Ministerio de Obras Públicas (MOP) encargado de informar acerca del tipo de infraestructura que se desarrollará al amparo de la Ley de Concesiones, de los proyectos y de las modalidades de régimen concesional, teniendo en cuenta, entre otros antecedentes, los planes regionales de desarrollo urbano y los planes reguladores comunales, intercomunales y metropolitanos, y la evaluación social aprobada por el organismo de planificación competente.

De acuerdo a la Ley, está integrado por el Ministro de Obras Públicas y cinco consejeros.

Integración del Consejo

Marcela Hernández Meza, Presidenta. Ingeniera Comercial de la Universidad de Chile y titulada del Programa de Alta Dirección de Empresas del ESE Business School (PADE) de la Universidad de Los Andes.

Durante su trayectoria laboral, ha ejercido diversos cargos directivos en el sector privado en empresas del rubro bancario, energético, agrícola, de servicios e infraestructura. Entre 2011 y 2017 integró el primer Panel Técnico de Concesiones de Obras Públicas y en marzo de 2018 fue nombrada jefa de la División de Estudios y Análisis Financiero en la Dirección General de Concesiones.

Entre 2021 y 2022, se desempeñó como Directora General de Concesiones, cargo para el que fue nombrada por el Presidente Sebastián Piñera. Desde 2023 en adelante integró el Consejo de Políticas de Infraestructura (CPI).

Sergio Baeriswyl Rada, Consejero. Arquitecto de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso y doctor en urbanismo del Karlsruhe Institute of Technology de Alemania.

Es profesor titular de la Universidad del Bío Bío y de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso. Autor de numerosas obras y planes urbanísticos, dirigió la reconstrucción urbana del borde costero de la región del Biobío luego del terremoto y tsunami de 2010.

Recibió el Premio Nacional de Urbanismo el año 2014, presidió el Consejo Nacional de Desarrollo Urbano entre los años 2018 y 2022, actualmente lidera el equipo profesional de reconstrucción urbana post incendio de 2026 en la región del Biobío.

Rodrigo Álvarez Zenteno, Consejero. Abogado de la Pontificia Universidad Católica de Chile, Doctor en Derecho por la Universidad de Navarra, España y Máster en Derecho (LL.M) de la Universidad de Harvard, Estados Unidos.

Sus especialidades son el Derecho Comercial, el Derecho Tributario, el Derecho de la Competencia y la Regulación Económica Fue diputado durante tres periodos legislativos por el distrito N°60 Magallanes y Antártica chilena, además haber desempeñado los cargos de Ministro de Energía, Subsecretario de Hacienda, presidente de la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP) y Vicepresidente del Sistema de Empresas Públicas; entre otros cargos.

Actualmente también se desempeña como abogado de AJ Consultores y es o fue director de empresas, entre ellas, Principal Financial Group, Oro Blanco S.A. y GASCO, entre otras.

Rodrigo Delgadillo, Consejero. Ingeniero Civil de la Universidad Técnica Federico Santa María UTFSM. PhD de la University of Wisconsin - Madison en Estados Unidos.

Profesor universitario desde el año 2008 en la UTFSM. Especialista en infraestructura de caminos. Es autor y coautor de más de 60 publicaciones en revistas especializadas y congresos.

Es invitado frecuentemente a dictar charlas y cursos de su especialidad tanto dentro como fuera de Chile. Ha sido Director del Departamento de Obras Civiles y Consejero Académico en la UTFSM.

Ha sido consultor del Banco Interamericano de Desarrollo. Formó parte del Directorio del Consejo de Políticas de Infraestructura CPI. Forma parte del Consejo de Concesiones del MOP desde noviembre de 2015.

Ha liderado diversos proyectos de investigación financiados por Fondef, Fondecyt y Corfo, relacionados con diseño de infraestructura vial, materiales para obras civiles y gestión de infraestructura concesionada.

Víctor Martínez Cámara, Consejero. Ingeniero Comercial, mención Economía, y Magíster en Economía de la Universidad de Chile.

A lo largo de su trayectoria se ha especializado en la evaluación de políticas públicas, incluidos proyectos de inversión. Actualmente es Director de Investigación de la Universidad del Desarrollo, además de profesor e investigador de su Facultad de Economía y Negocios.

Previamente fue Director Ejecutivo del Centro de Investigación Empresa y Sociedad (CIES), donde lideró investigación aplicada y alianzas con empresas. Se desempeñó en el Ministerio Secretaría General de la Presidencia entre 2011 y 2014 y, posteriormente, entre 2018 y 2022, donde ejerció como Coordinador y Jefe de la División de Estudios, liderando el análisis, la simulación y la evaluación de políticas públicas.

Cuenta con experiencia en evaluación de proyectos de inversión pública, incluidas iniciativas municipales, así como en consultorías para instituciones públicas, empresas y organizaciones gremiales. Es autor del informe Global Entrepreneurship Monitor (GEM) Chile 2025.

Autoridades y divisiones relacionadas

Lorena Herrera Omegna. Fue nombrada Directora General de Concesiones el 23 de julio de 2026. Ingeniera Comercial de la Universidad Técnica Federico Santa María, con Diplomado en Gestión y Evaluación de Proyectos de la Universidad de Chile y MBA en Gestión Empresarial, cuenta con una destacada trayectoria de más de 16 años vinculada al desarrollo de infraestructura pública, asociaciones público-privadas y concesiones en Chile y Latinoamérica.

Entre 2007 y 2016 formó parte de la entonces Coordinación de Concesiones del Ministerio de Obras Públicas, donde participó en la evaluación y desarrollo de proyectos estratégicos de infraestructura.

Posteriormente, ocupó cargos de responsabilidad en el sector privado, desempeñándose en Deloitte, Grupo Puentes y la Sociedad Concesionaria Red Maule, donde lideró iniciativas relacionadas con gestión financiera, desarrollo de proyectos, financiamiento, gestión contractual y relacionamiento con organismos públicos y privados.

Agustín Mendieta Valenzuela, División de Construcción. Agustín Mendieta Valenzuela es Ingeniero Civil con mención en Construcción de la Pontificia Universidad Católica de Chile.

Cuenta con una extensa trayectoria en la gestión y desarrollo de proyectos de infraestructura, construcción e inversión inmobiliaria, tanto en el sector público como privado. Entre 2018 y 2021 se desempeñó como Jefe de la División de Construcción de la Dirección General de Concesiones del Ministerio de Obras Públicas.

Asimismo, ha ocupado cargos directivos y ejecutivos en destacadas empresas del sector construcción e inmobiliario, y ha desarrollado asesorías para empresas concesionarias de obras públicas.

Sebastián Godoy Restovic, División Jurídica. Sebastián Godoy Restovic es abogado de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Regulatorio de la Pontificia Universidad Católica de Chile.

Posee una destacada trayectoria en concesiones de obras públicas, regulación e infraestructura, con experiencia en la Dirección General de Concesiones del MOP y en empresas concesionarias internacionales. Actualmente se especializa en gestión contractual de proyectos de infraestructura y concesiones.

Andrés Avaria Núñez, División de Desarrollo y Licitación de Proyectos. Andrés Avaria Núñez es Ingeniero de Transporte de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso y cuenta con una destacada experiencia en el desarrollo y licitación de proyectos de infraestructura concesionada.

Ha ejercido funciones en el sector público y privado, liderando procesos de evaluación, estructuración y adjudicación de proyectos de infraestructura estratégica.

Juan Eduardo Chackiel Torres, División de Estudios y Análisis Financiero. Juan Eduardo Chackiel es Jefe de la División de Estudios y Análisis Financiero desde febrero de 2023.

De manera previa en la misma institución se desempeñó como asesor y jefe de Departamento de Estudios (2015-2020). Entre 2001 y 2015 trabajó en el Banco Central en diversos cargos de jefatura como el Departamento de Bases de Datos, Departamento de Política Comercial y Departamento de Balanza de pagos.

Es Ingeniero Comercial de la Universidad de Chile y Master en Management de Proyectos Internacionales de la Escuela Superior de Comercio de Paris, Francia.

Johana Escobar Ruiz, División de Operaciones. Johana Escobar es Jefa (s) de la División de Operaciones de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas desde junio de 2026.

Antes de asumir su actual cargo, se desempeñaba en la institución como Jefatura del Departamento de Obras Viales de la misma división. Es Ingeniera Civil en Obras Civiles de la Universidad Diego Portales, y egresada de Magíster en Construcción Civil con mención en Infraestructura de la Pontificia Universidad Católica de Chile.

Alejandro Henríquez Munita, División de Administración y Finanzas. Alejandro Henríquez Munita es Jefe (s) de la División de Administración y Finanzas de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas desde marzo de 2026.

Antes de asumir su actual cargo, se desempeñaba en la institución como Jefe del Departamento de Presupuesto y Control Tributario de la misma división.

Es Administrador Público de la Facultad de Gobierno de la Universidad de Chile, Magíster en Gestión y Políticas Públicas de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile, Diploma de Postítulo en Gestión Financiera de Instituciones Públicas y Diploma de Postítulo en Gerencia Pública.

Cristina Montenegro Parra, División de Participación, Medio Ambiente y Territorio. Cristina Montenegro Parra es Jefa (s) de la División de Participación, Medio Ambiente y Territorio de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas desde marzo de 2026.

Previamente, fue Jefatura del Departamento de Medio Ambiente, Territorio y Asuntos Indígenas de la misma división. Es arquitecta de la ex Universidad de la República.

Coordinación institucional y control administrativo

La estructura de concesiones requiere que la función jurídica se articule con la administración superior, la planificación, las finanzas, la construcción, la operación, la participación ciudadana y los sistemas de información.

La dirección superior y la administración del Instituto de Previsión Social corresponden a su Director/a Nacional, quién es el Jefe/a Superior del Servicio y tiene la representación legal, judicial y extrajudicial de la Institución y demás atribuciones y deberes inherentes a esa calidad.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31°, de la ley N° 18.575, le corresponderá establecer su estructura organizacional y funcional, con sujeción a la planta y la dotación máxima de personal, para el cumplimiento de las funciones y atribuciones encomendadas por las leyes para el cumplimiento de las funciones asignadas y de aquellas provenientes de la administración del modelo de gestión para el cumplimiento de la Ley de Transparencia.

Entre sus funciones estratégicas se encuentran dirigir, organizar, administrar, planificar, controlar y coordinar el funcionamiento del Instituto; dictar reglamentos y procedimientos administrativos internos; contratar la prestación de servicios; aprobar las transacciones judiciales y extrajudiciales; ordenar la instrucción de investigaciones y sumarios administrativos; y gestionar el modelo definido por la institución para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley N° 20.285.

La Resolución Exenta N° 644, 22/12/2017, de la Dirección Nacional IPS, figura sin modificaciones respecto de esta estructura.

Gestión documental, financiera y tecnológica

La Subdirección de Sistemas de Información y de Administración tiene como objetivo proponer al Jefe Superior del Servicio el modelo de administración de los recursos presupuestarios, financieros, humanos, materiales, documentales, y de las materias relacionadas con tecnologías de la información y de telecomunicaciones del Instituto; así como el diseño y gestión de iniciativas de innovación y desarrollo estratégico en las áreas de su competencia.

Asimismo, le corresponderá administrar el modelo de gestión para el cumplimiento de los procesos de cobranzas de cotizaciones previsionales encomendadas al Instituto.

Entre sus funciones se incluyen organizar, dirigir, coordinar y controlar la gestión presupuestaria, administrativa, financiera y tecnológica; proponer el proyecto de presupuesto anual; controlar su ejecución; velar por la transparencia y eficiencia de las operaciones contables y financieras; dirigir los procesos de compras; controlar la aplicación de la Ley N° 20.285; y dirigir el almacenamiento, resguardo y disponibilización de la documentación del Instituto.

Estas funciones son relevantes para el apoyo legal porque la gestión de contratos, expedientes, actos administrativos, pagos, adquisiciones y documentos de respaldo exige trazabilidad, custodia y disponibilidad de los antecedentes que sustentan las decisiones institucionales.

División Informática y soporte de los procesos

La División Informática tiene como objetivo dirigir, coordinar y controlar el modelo de gestión de las tecnologías de la información y de telecomunicaciones del Instituto de Previsión Social, conforme a la normativa vigente, objetivos estratégicos institucionales, políticas ministeriales y gubernamentales.

Entre sus funciones se encuentran asesorar en desarrollos e implementaciones de plataforma tecnológica, telecomunicaciones y seguridad de la información; establecer un modelo de gobierno y gestión TI; monitorear el portafolio de programas y proyectos; proteger los activos y tecnologías de la información; asegurar la integridad, disponibilidad y confidencialidad de la información; y establecer la continuidad operativa de los sistemas.

La División Informática también debe servir como contraparte técnica del IPS ante otros organismos, públicos y privados, tanto en lo referido a trabajo coordinado y conjunto, como en materia de intercambio y colaboración, ya sea a nivel conceptual y/o de proyectos específicos tanto en temas tecnológicos como de seguridad de la información.

En materias jurídicas, los sistemas de información permiten organizar expedientes, controlar versiones contractuales, conservar antecedentes, registrar actuaciones, monitorear plazos y facilitar la entrega de información a organismos de control.

Control y gestión de compromisos

El Departamento de Control y Gestión tiene como objetivo velar por el cumplimiento de los compromisos Institucionales de la División de Informática, las disposiciones administrativas, financieras, contables y legales de la División, mediante el soporte a los procesos de gestión de RR.HH., compras, pagos, presupuesto e indicadores de métricas, para asegurar que se cumpla con las metas estratégicas en forma oportuna, correcta y exacta.

Entre sus funciones se encuentran gestionar, difundir y monitorear el cumplimiento de las normativas internas y externas asociadas a los procesos de la División, como Ley de Compras, Presupuestos y Regulaciones en la gestión de pagos a los proveedores.

También debe gestionar y monitorear los procesos de pagos a proveedores de la División a lo largo de todo su ciclo, validar los antecedentes entregados por los administradores de contrato y gestionar el correcto y oportuno pago de las facturas en Finanzas.

Asimismo, debe gestionar, coordinar y realizar seguimiento del cumplimiento de los Compromisos Institucionales, Disposiciones Administrativas, Financieras, Contables y Legales de la División para dar respuestas concretas y oportunas a las solicitudes de organismo de control internos y externos al IPS.

Desarrollo y mantenimiento de sistemas

El Departamento de Desarrollo y Mantención de Sistemas tiene como objetivo implementar, desarrollar y mantener los sistemas de información del Instituto de acuerdo al lineamiento de Modernización Institucional, mediante la gestión de proyectos de desarrollos, configuración, mantención y soporte, apalancado en las mejores prácticas para asegurar información de calidad de los procesos de negocio y contar con sistemas sustentables y/o mantenibles en el tiempo.

Entre sus funciones se encuentran gestionar y controlar el desarrollo de los sistemas según los requerimientos y metodologías definidas por la División de Informática; gestionar y evaluar la demanda de proyectos y requerimientos; gestionar y controlar la implementación y mantención de soluciones; brindar mantenimiento y soporte a la operación de sistemas; y gestionar la eficiencia en los contratos de desarrollo de software con proveedores externos.

El Subdepartamento de Desarrollo tiene como objetivo gestionar, coordinar y controlar la implementación de los Desarrollos de los sistemas informáticos del Instituto, definido conforme a la norma vigente y los objetivos estratégicos institucionales.

Sus funciones incluyen implementar los desarrollos requeridos por el negocio; aplicar metodologías, técnicas, estándares, procedimientos y buenas prácticas para la construcción e implantación de software; y gestionar los diferentes proyectos informáticos de acuerdo a los estándares y procedimientos definidos por la PMO de la División de Informática.

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