Según el Decreto 305 del 5 de marzo de 2024, el sueldo básico mensual de un cabo primero de las Fuerzas Militares de Colombia es de $1′719.879,98. Este valor corresponde al porcentaje asignado al grado de cabo primero respecto de la asignación básica del grado de General.
El cabo primero recibe más que el cabo segundo, cuyo sueldo básico mensual es de $1′666.187,38, y que el cabo tercero, que gana $1′604.680,00 al mes. Por tanto, dentro de estos tres grados de suboficiales, el cabo primero es el que tiene la remuneración básica más alta.
Cuánto recibe un cabo primero al mes
El Decreto 305 del 5 de marzo de 2024 fija los sueldos básicos de las Fuerzas Militares, Públicas y establece bonificaciones para Alféreces, Guardiamarinas, Pilotines, Grumetes y Soldados. “Los sueldos básicos para el personal corresponderán al porcentaje que se indica para cada grado, con respecto a la asignación básica del grado de General”.
| Grado | Porcentaje frente al sueldo de General | Sueldo básico mensual |
|---|---|---|
| Cabo primero | 21.4023% | $1′719.879,98 |
| Cabo segundo | 20.7473% | $1′666.187,38 |
| Cabo tercero | 20.0996% | $1′604.680,00 |
El sueldo básico del cabo primero equivale al 21.4023 % de la asignación básica correspondiente al grado de General. La cifra indicada es mensual y corresponde al sueldo básico establecido para el grado.
Comparación con otros grados de suboficiales
En la estructura de las Fuerzas Militares, los suboficiales tienen distintos grados que se consideran para el desarrollo de la carrera y los ascensos. La escala salarial establece diferencias entre los grados de cabo tercero, cabo segundo y cabo primero, así como entre estos y los sargentos.
| Grado de suboficial | Sueldo básico mensual |
|---|---|
| Sargento mayor de Comando Conjunto | $3′510.527,49 |
| Sargento mayor de Ejército | $3′004.403,39 |
| Sargento mayor de Comando | $2′699.194,40 |
| Sargento mayor | $2′319.201,59 |
| Sargento primero | $2′099.131,19 |
| Sargento viceprimero | $1′918.085,47 |
| Sargento segundo | $1′774.176,62 |
| Cabo primero | $1′719.879,98 |
| Cabo segundo | $1′666.187,38 |
| Cabo tercero | $1′604.680,00 |
Teniendo en cuenta estos datos, un cabo primero es el que más gana, pues recibe $1′719.879,98 al mes, mientras que el cabo segundo gana $1′666.187,38 al mes y el cabo tercero se lleva $1′604.680,00 al mes.
Escala completa de sueldos básicos de las Fuerzas Militares
Colombia tiene tres Fuerzas Militares: el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, las cuales tienen el fin de defender la soberanía, independencia, integridad del territorio y el orden constitucional.
Cada una de estas se conforma por oficiales, suboficiales, soldados y civiles. Dentro de su estructura, los oficiales y suboficiales tienen escalafones divididos en grados que son tenidos en cuenta al momento de ascender.
Oficiales
| Grado | Porcentaje | Sueldo básico mensual |
|---|---|---|
| General | 100.0000 % | $8′289.653,09 |
| Mayor general | 96.9064 % | $8′033.204,59 |
| Brigadier general | 86.6242 % | $7′180.846,72 |
| Coronel | 67.1283 % | $5′564.703,57 |
| Teniente coronel | 52.3616 % | $4′340.595,21 |
| Mayor | 45.5288 % | $3′774.179,85 |
| Capitán | 37.4682 % | $3′105.984,22 |
| Teniente | 32.7292 % | $2′713.137,93 |
| Subteniente | 28.9366 % | $2′398.744,44 |
Suboficiales
| Grado | Porcentaje | Sueldo básico mensual |
|---|---|---|
| Sargento mayor de comando conjunto | 42.3483% | $3′510.527,49 |
| Sargento mayor de comando | 36.2428% | $2′699.194,40 |
| Sargento mayor | 32.5610% | $2′319.201,59 |
| Sargento primero | 27.9765% | $2′099.131,19 |
| Sargento viceprimero | 25.3223% | $1′918.085,47 |
| Sargento segundo | 23.1383% | $1′774.176,62 |
| Cabo primero | 21.4023% | $1′719.879,98 |
| Cabo segundo | 20.7473% | $1′666.187,38 |
| Cabo tercero | 20.0996% | $1′604.680,00 |
Cómo se determina el sueldo de un cabo primero
Los sueldos básicos para el personal corresponderán al porcentaje que se indica para cada grado, con respecto a la asignación básica del grado de General. En el caso del cabo primero, el porcentaje establecido es de 21.4023 %.
La escala diferencia entre oficiales y suboficiales. En el caso de los oficiales, por ejemplo, en el Ejército Nacional, un subteniente, después de cumplir con los años requeridos, podrá ascender a teniente; luego, a capitán y así sucesivamente.
Hay que destacar que el ascenso de los oficiales en las tres Fuerzas Militares está a cargo del Gobierno Nacional, mientras que, el de los suboficiales por el Ministerio de Defensa o “los comandos de las respectivas fuerzas cuando ellos se delegue”, señala el Decreto.

Diferencia entre sueldo básico y remuneración total
El valor de $1′719.879,98 corresponde al sueldo básico mensual del grado de cabo primero. La remuneración que finalmente recibe un integrante de las Fuerzas Militares puede depender de otros componentes establecidos para su situación administrativa, su destino y las condiciones específicas del servicio.
En consecuencia, el sueldo básico no debe confundirse automáticamente con el valor neto que aparece en una cuenta bancaria, pues pueden existir conceptos adicionales, descuentos y condiciones particulares aplicables al personal militar.
La información sobre las Fuerzas Armadas distingue entre retribuciones básicas y complementarias. Son retribuciones básicas el sueldo, los trienios y las pagas extraordinarias.
Las retribuciones complementarias incluyen el complemento de empleo, el complemento específico, el complemento de dedicación especial y la gratificación por servicios extraordinarios.
Qué factores pueden modificar la remuneración
El complemento de empleo retribuirá la distinta responsabilidad según el empleo militar que se tenga, derivada del ejercicio de la profesión militar. Dicho complemento responderá a la estructura jerarquizada de las Fuerzas Armadas.
El complemento específico estará constituido por el componente general y el componente singular. El componente general es la parte del complemento específico que se percibe en función del empleo que se tenga, siguiendo un orden jerárquico dentro de cada categoría.
El componente singular es la parte del complemento específico que retribuye las especiales condiciones en que la unidad de destino desarrolla su actividad, así como dentro de ella, las particulares condiciones de responsabilidad, reparación técnica, peligrosidad y dedicación del puesto.
El complemento de dedicación especial retribuirá el especial rendimiento, la actividad extraordinaria o la iniciativa con que se desempeñe el puesto. La gratificación por servicios extraordinarios fuera de la jornada normal de trabajo tendrá carácter excepcional y no podrá ser fija en su cuantía ni periódica en su devengo.
Otros elementos económicos vinculados al servicio militar
Además del sueldo básico, las Fuerzas Militares pueden contemplar prestaciones, indemnizaciones y compensaciones relacionadas con el servicio, el destino, la movilidad geográfica y determinadas situaciones personales o familiares.
El personal destinado en determinadas partes del territorio nacional percibe en su nómina los importes mensuales que aparecen en la Columna A. Un suboficial destinado en Ceuta o Melilla percibirá 762,24 euros / mensuales brutos en su nómina.
La compensación por movilidad geográfica consiste en el abono de una cuantía monetaria para atender las necesidades de vivienda por cambio de destino y localidad por razones del servicio, que se fija anualmente por el Ministro de Defensa. Su duración máxima es de 36 meses.
Desde el momento de incorporación a las Fuerzas Armadas todo el personal, destinado o en fase de formación, se encuentra cubierto por el Seguro Colectivo de Vida y Accidentes para el personal de las Fuerzas Armadas.
Se encuentran cubiertos los riesgos de fallecimiento, incapacidad permanente, invalidez, … Además, en caso de fallecimiento, los hijos del personal militar están cubiertos por los Patronatos de Huérfanos del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire del Espacio, respectivamente.
Prestaciones sociales y asistencia al personal
Al pertenecer al Instituto Social de las Fuerzas Armadas, puedes escoger que tu asistencia sanitaria sea prestada por la Red Sanitaria Pública, la Sanidad Militar o por entidades con las que se haya firmado convenio.
También existen determinadas prestaciones para ayudar a costear determinados tratamientos, dentales, ortoprotésicos, oculares, o situaciones de necesidad. También tus familiares o personas que dependan de tí, pueden ser beneficiarios de las mismas.
Anualmente se publica en el Boletín Oficial de Defensa una convocatoria donde se establecen ayudas para el estudio de los hijos, ayudas para personas con discapacidad y ayudas para la promoción profesional del personal militar.
Cada Ejército dispone de una Dirección de Asistencia al Personal donde ofrece servicios al personal de cada Ejército y al de los Cuerpos Comunes que esté destinado en su estructura orgánica.
Existen a disposición Residencias Logísticas y de Descanso, Centros Deportivos Militares, Ludotecas, Centros de Educación Infantil, Residencias de Estudiantes.
Pagas extraordinarias y antigüedad
Los trienios están constituidos por una cuantía para cada grupo de clasificación, perfeccionándose uno cada tres años de servicios efectivos en cualquier situación en la que se reconozca el tiempo a estos efectos.
Los militares con una relación de servicios de carácter temporal sólo devengarán trienios a partir de la fecha del inicio del compromiso de larga duración.
Las pagas extraordinarias serán dos al año, por un importe cada una de ellas de una mensualidad del sueldo y, en su caso, trienios, complemento de empleo, así como las pensiones anejas a las condecoraciones y recompensas que se tengan reconocidas.