Cómo se eligen los diputados y senadores en Chile: sistema electoral

En Chile, los diputados y senadores se eligen mediante un sistema de representación proporcional basado en el método D’Hondt. Primero se suman los votos válidos obtenidos por cada lista o pacto electoral; después, esos totales se dividen por 1, 2, 3 y los números siguientes, según la cantidad de escaños que deban repartirse.

Los cocientes más altos reciben los escaños hasta completar el total de cargos disponibles. Una vez determinado cuántos cupos corresponden a cada lista o partido, resultan electas las candidaturas con mayores votaciones personales dentro de ella. Por eso, en Chile, la elección depende tanto de los votos individuales como del respaldo total de la lista.

Qué cargos se eligen en las elecciones parlamentarias

El próximo 16 de noviembre se realizarán las elecciones parlamentarias, en las que se elegirán 23 senadoras y senadores en siete regiones y 155 diputadas y diputados en los 28 distritos electorales del país.

Para la asignación de escaños, se aplicará el método D’Hondt, un sistema de representación proporcional que define cuántos cargos corresponde a cada lista o pacto electoral según la votación obtenida.

En Chile, hay autoridades que se eligen tanto a nivel nacional, como a nivel local. a nivel comunal, se elige a las autoridades municipales, es decir, alcaldes y concejales. a nivel provincial y regional, organizadas en distritos y circunscripciones, se elige a las autoridades parlamentarias, es decir, diputados y senadores, y a nivel nacional, se elige al presidente de la república.

Cómo funciona el sistema electoral proporcional

Este nuevo sistema que rige a la elección parlamentaria busca una mayor proporcionalidad, por eso aumentó el número de escaños a elegir tanto en el Senado como en la Cámara de Diputados y también modificó las zonas o distritos electorales.

En el Senado se aumenta de 38 a 50 el número de senadores y se reduce de 19 a 15 la cantidad de circunscripciones electorales. Con esto, cada región será considerada una circunscripción, que podrán elegir entre 2 y 5 senadores, dependiendo del número de habitantes de cada una de ellas.

En tanto, la Cámara de Diputados aumenta de 120 a 155 el número de escaños a elegir y se reduce de 60 a 28 los distritos electorales, que son de mayor tamaño pues ahora agrupan más comunas.

En cada distrito se elegirán entre 3 a 8 diputados, dependiendo de la cantidad de votantes que tengan. Por ejemplo, en la Región Metropolitana que tiene siete distritos, se elegirán 47 diputados en total.

Mapa de distritos y circunscripciones electorales de Chile

Qué es el método D’Hondt

Conoce el Método D’Hondt, la fórmula que convierte los votos en representación proporcional.

El método D’Hondt se encuentra establecido en la legislación chilena en el artículo 121 de la Ley N°18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.

Para definir cuántos cargos le corresponde a cada lista, se divide el total de votos de cada una por 1, luego por 2, luego por 3 -y así sucesivamente, según la cantidad de cargos en juego-. Los cocientes más altos, tantos como cargos haya que repartir, se quedan con un puesto.

Con los votos válidos se calculan los cocientes D’Hondt de cada lista (÷1, ÷2, ÷3, …). Los cocientes más altos reciben los escaños hasta completar el total de cargos.

Nota: Para efectos de cálculo, los votos nulos y blancos no se consideran.

Pasos básicos de la asignación

  1. Se suman los votos válidos obtenidos por cada lista.
  2. El total de votos de cada lista se divide por 1, 2, 3 y los números siguientes que sean necesarios.
  3. Se ordenan todos los cocientes de mayor a menor.
  4. Los cocientes más altos reciben los escaños disponibles.
  5. Dentro de cada lista o partido, los cupos se asignan a las candidaturas con más votos personales.
  6. La proclamación de electos corresponde al Tricel, conforme a la normativa vigente.

Por eso el total de la lista pesa más que la votación personal: un candidato puede sumar más votos que otro y aun así no resultar electo, si su lista en conjunto obtuvo menos respaldo.

Este método prioriza las listas, no a los candidatos de forma aislada: busca que la representación final refleje el respaldo que cada lista obtuvo en su totalidad.

Ejemplo práctico: Distrito N° 2

Consideremos tres listas compitiendo en un distrito: Lista X, Lista Y y Lista Z. Cada una recibe una cantidad de votos.

En este distrito se reparten 3 cargos.

Orden de las listas

Paso previo: Antes de aplicar las divisiones, se ordenan las listas de mayor a menor según su votación total.

ListaEscaños obtenidos
Lista X2
Lista Y1
Lista Z-

Cálculo de las divisiones

Regla D’Hondt: el total de votos de cada lista se divide por 1, 2 y 3 (tantas veces como cargos se eligen). Luego, se ordenan todos los cocientes de mayor a menor y se asignan los cargos a las cifras más altas.

ListaVotos Totales123
Lista X100.000100.00050.00033.333
Lista Y60.00060.00030.00020.000
Lista Z40.00040.00020.00013.333

Asignación de los tres cargos

Ahora, se asignan los 3 cargos a las tres cifras más altas de toda la tabla.

  • Primer cargo: La cifra más alta es 100.000 (Lista X) → Lista X obtiene 1 cargo.
  • Segundo cargo: La segunda cifra más alta es 60.000 (Lista Y) → Lista Y obtiene 1 cargo.
  • Tercer cargo: La tercera cifra más alta es 50.000 (Lista X) → Lista X obtiene 1 cargo adicional.

Resultado: la Lista X obtuvo 2 cargos, la Lista Y 1 cargo y la Lista Z ninguno.

Ejemplo visual del método D’Hondt con tres listas

Cómo se determina qué candidatos resultan electos

En este nuevo sistema, los candidatos electos se definen según la votación obtenida por ellos mismos y además, por los votos logrados por la lista a la que pertenecen.

Dentro de cada lista, esos cargos se asignan a quienes tengan más votos individuales. Una vez finalizado este procedimiento, será posible ver la totalidad de listas con sus candidatos y constatar quiénes tienen las 5 primeras mayorías.

Definidos los escaños por lista o partido, resultan electas las candidaturas con mayores votaciones individuales.

Designación de candidaturas: dentro de cada lista o partido, los escaños se asignan a las candidaturas según su votación personal, hasta completar el número de cupos logrados.

Listas de un solo partido

Listas de un solo partido: el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) proclama electos a las y los candidatos con las votaciones personales más altas dentro de esa lista, según el número de cargos obtenidos.

En las listas de un solo partido, resultan electas las candidaturas con mayores votaciones personales dentro de esa lista, hasta completar los escaños obtenidos.

Pactos electorales

Pactos electorales: la distribución de escaños se realiza nuevamente con D’Hondt, ahora entre los partidos que componen el pacto (considerando, si corresponde, candidaturas independientes asociadas).

Si hay pacto, los escaños conseguidos se reparten entre sus partidos aplicando nuevamente D’Hondt con los votos de cada partido, incluyendo, si corresponde, candidaturas independientes asociadas.

En los pactos electorales, los escaños del pacto se reparten entre sus partidos, aplicando nuevamente el método D’Hondt con los votos de cada partido y las candidaturas independientes asociadas.

Proclamación de los electos

Luego, una vez definido cuántos escaños le corresponden a cada partido o conjunto, el Tricel proclama electos a las y los candidatos.

La proclamación corresponde al Tricel, según la ley.

La proclamación de electos corresponde al Tricel, conforme a la normativa vigente.

Por qué la lista es decisiva

Para poder asignar un escaño es necesario primero sumar el total de votos obtenidos por una lista y dividirlos por el número de escaños a elegir.

Por ejemplo, si en una circunscripción se deben elegir 5 cupos, el total de votos obtenidos por cada lista se dividirá primero por uno, por dos, por tres, por cuatro y por cinco.

Esa nueva cifra será asignada a cada candidato de la lista en el orden de mayor a menor. Este ejercicio se realiza de igual modo en cada lista en competencia.

La consecuencia es que la votación individual no se analiza de manera completamente separada del resultado colectivo. Una candidatura puede obtener una votación personal importante, pero no alcanzar un escaño si la lista a la que pertenece no logra suficientes cocientes para obtener cargos.

Del sistema binominal al sistema proporcional

Básicamente: cambió por completo el sistema electoral -desde el binominal al proporcional- ; se introdujeron reformas profundas para la transparencia y fortalecimiento de la democracia y los partidos políticos.

La Ley N° 20. 840 que sustituye el sistema electoral binominal por uno de carácter proporcional inclusivo y fortalece la representatividad del Congreso Nacional, publicada en el Diario Oficial el 5 de mayo de 2015: esta norma reemplazó el binominal por un nuevo sistema electoral proporcional corregido (sistema D’Hond).

Con estos comicios culminará una etapa de 27 años tras el retorno a la democracia.

Por lo tanto, el lunes 20 de noviembre debutará un nuevo sistema político, dejando atrás un proceso de 27 años, tras el retorno de la democracia.

Reformas relacionadas con el sistema electoral

En resumen el nuevo sistema político electoral se sustenta principalmente en las siguientes legislaciones y reformas:

  • LEY N° 20. 840 que sustituye el sistema electoral binominal por uno de carácter proporcional inclusivo y fortalece la representatividad del Congreso Nacional, publicada en el Diario Oficial el 5 de mayo de 2015.
  • LEY N° 20.900, para el fortalecimiento y transparencia de la democracia, publicada en el Diario Oficial de 14 de abril de 2016.
  • LEY N° 20.915, que fortalece el carácter público y democrático de los partidos políticos y facilita su modernización, publicada en el Diario Oficial 15 de abril de 2016.
  • LEY 20.960 que regula el ejercicio del derecho a voto de los chilenos en el extranjero publicada en el Diario Oficial el 18 de octubre de 2016.
  • LEY Nº 20.678 que establece la elección directa de los Consejeros Regionales publicada en el Diario Oficial del 19 de junio de 2013.

El papel del Servicio Electoral

El Servicio Electoral ahora es un organismo autónomo.

Uno de los ejes centrales de la gran modificación al sistema electoral y de partidos políticos fue el fortalecimiento de las facultades de fiscalización y control del Servicio Electoral (Servel), entidad que pasó a tener rango constitucional, con un cometido preciso y determinado: "ejercer la administración, supervigilancia y fiscalización de los procesos electorales y plebiscitarios, del cumplimiento de las normas sobre transparencia, límite y control del gasto electoral y de las normas sobre los partidos políticos.".

Con los cambios introducidos a la ley orgánica del Servicio Electoral se establece que corresponderá al propio Consejo Directivo del Servicio Electoral dictar normas e instrucciones referidas a las leyes electorales, de partidos políticos y de control del gasto electoral. Tales normativas serán obligatorias.

Transparencia y control de la actividad política

La idea central es fijar estándares más exigentes de transparencia y control de la actividad política.

Para estos efectos se modificaron 6 cuerpos legales vigentes en relación con las siguientes materias:

  • Nuevo concepto de propaganda electoral.
  • Forma y plazos para la propaganda.
  • Fuentes de financiamiento de las campañas electorales y de los partidos políticos.
  • Aumento del aporte público a las campañas y candidatos.
  • Disminución del monto que se puede gastar en una campaña y del límite de dinero que una persona natural puede donar.
  • Prohibición del aporte de personas jurídicas a campañas políticas o a partidos políticos.
  • Fortalecimiento de las facultades de fiscalización y control del Servicio Electoral.

Partidos políticos y representación democrática

Respecto de los partidos políticos, los principales aspectos de la normativa son:

  • Definirlos como asociaciones dotadas de personalidad jurídica de derecho público; que expresan el pluralismo político; que concurren a la formación y expresión de la voluntad popular y que son mediadores entre las personas y el Estado.
  • Consagrar la obligación de los partidos políticos de contribuir al fortalecimiento de la democracia y al respeto, garantía y promoción de los derechos humanos.
  • Modificar el procedimiento de constitución de los partidos políticos, su organización interna, las actividades que le son propias e incorporar deberes de transparencia y de acceso a la información.

Cómo se desarrolla la jornada electoral

Este domingo 19 de noviembre cuando se dirija a votar, probablemente, no observará cambios drásticos: se acercará a la mesa, un vocal tomará sus datos y otro, le entregará las cédulas de votación: una para elegir Presidente de la República; otras para elegir parlamentarios de su región y una para elegir a los consejeros regionales.

Nada fuera de lo común en los últimos 27 años, pero con una diferencia: estamos frente a los cambios legales más significativos en materia de sistema electoral, regulación para los partidos políticos y fortalecimiento de la democracia.

Seguro que notará que hay muchos más candidatos y pactos que en otras ocasiones y quizás percibió que hubo una propaganda electoral más regulada en las calles y comunas.

Para que las elecciones se celebren, durante todo el periodo electoral se van sucediendo una fases en las que se constituyen determinados órganos de la Administración electoral, como las juntas electorales provinciales y de zona, se eligen a los ciudadanos que compondrán las mesas electorales durante la jornada electoral; y los partidos, coaliciones electorales y agrupaciones de electores presentan sus candidaturas.

El día de las elecciones, a las 8 de la mañana están citados en los colegios electorales los ciudadanos que han sido previamente elegidos por sorteo como titulares y suplentes de las mesas electorales -órgano de la administración electoral que solo funciona durante la jornada de votación-.

Se compone de un presidente y dos vocales. A partir de las 9 de la mañana, cuando se abren las urnas, los miembros de la mesa son los encargados de presidir la votación en su mesa, garantizar el correcto desarrollo de la jornada y, cerrada la votación, hacer un primer recuento de votos: el escrutinio en las mesas electorales, que luego se vuelve a realizar, cinco días más tarde en el escrutinio general.

Concluido el escrutinio y aplicada la fórmula D’Hondt a los resultados de las candidaturas, las Juntas Electorales Provinciales proclaman los resultados y expiden las credenciales a los diputados y senadores electos, que formarán parte del Congreso y del Senado de la siguiente legislatura.

Como funciona el Método D’Hondt - sistema de votación en Chile

Elección de consejeros regionales

En cada una de las regiones de Chile existe un Gobierno Regional, constituido por el intendente y consejo regional.

Este consejo regional tiene por finalidad hacer efectiva la participación de la comunidad regional y tiene facultades normativas, resolutivas y fiscalizadoras.

Puede aprobar, modificar o sustituir los proyectos y proposiciones del intendente respecto a los siguientes asuntos:

  • Planes y estrategias regionales de desarrollo y sus modificaciones.
  • Presupuesto del gobierno regional, ajustado a los límites del presupuesto de la Nación.
  • La distribución de los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional que corresponde a la región, así como de las inversiones sectoriales de asignación regional, y de los recursos propios que el gobierno regional obtenga en aplicación de lo dispuesto por el artículo 19 N° 20°, de la Constitución Política de la República, referente a los tributos particulares autorizados para cada región.

Además, el intendente debe someter al Consejo regional los proyectos de reglamentos regionales que regulen materias propias de la competencia del gobierno regional.

Hasta antes de 2014, los Cores se elegían en forma indirecta, a través los concejales de cada región, constituidos en colegio electoral por cada una de las provincias respectivas.

Sin embargo, con la reforma promulgada en 2013, los consejeros son elegidos por sufragio universal, en votación directa de los ciudadanos.

Duran cuatro años en el cargo y pueden ser reelegidos. Las elecciones de consejeros regionales se realizan cada cuatro años, conjuntamente, con las elecciones parlamentarias y presidenciales.

Cabe recordar que la primera elección directa de Cores se realizó en noviembre de 2013.

Voto de los chilenos en el extranjero

Por primera vez, en la historia de la República, los chilenos en el extranjero podrán votar en los consulados para elegir al próximo Presidente o Presidenta.

Mediante una reforma constitucional aprobada por el Congreso, los chilenos que viven o están en el extranjero tienen derecho a voto.

Sin embargo, ellos solo podrán votar en las elecciones para Presidente o Presidenta de la República y en las primarias presidenciales que hagan los partidos o pactos electorales.

Por lo tanto, no pueden emitir sufragio en las elecciones de senadores, diputados, alcaldes, concejales y consejeros regionales.

Con motivo de esta elección se conformó un padrón especial y de este modo se podrán constituir las respectivas Mesas Receptoras de Sufragios en el extranjero que tienen por finalidad recibir los votos de los electores registrados en el padrón de chilenos en el extranjero y cumplir las demás funciones que señala la ley.

Cada Mesa Receptora de Sufragios se constituirá de preferencia en los consulados y se compondrá de tres vocales elegidos entre los inscritos en el Padrón de chilenos en el extranjero y en el respectivo Padrón de Mesa.

Participación electoral por edad y sexo

Edad VotantePorcentaje Participación HombresPorcentaje Participación Mujer
1849.18%50.82%
1949.45%50.55%
2049.70%50.30%
2149.58%50.42%
2249.87%50.13%
2350.16%49.84%
2450.20%49.80%
2550.48%49.52%
2650.57%49.43%
2750.62%49.38%
2850.89%49.11%
2951.02%48.98%
3051.25%48.75%
3151.08%48.92%
3251.34%48.66%
3351.27%48.73%
3451.22%48.78%
3551.34%48.66%
3651.39%48.61%
3751.44%48.56%
3851.80%48.20%
3951.73%48.27%
4051.78%48.22%
4152.10%47.90%
4252.06%47.94%
4352.20%47.80%
4452.23%47.77%
4552.17%47.83%
4652.22%47.78%
4752.36%47.64%
4852.14%47.86%
4952.13%47.87%
5052.44%47.56%
5152.18%47.82%
5252.48%47.52%
5352.37%47.63%
5452.71%47.29%
5552.49%47.51%
5652.66%47.34%
5752.51%47.49%
5852.58%47.42%
5952.63%47.37%
6052.86%47.14%
6152.64%47.36%
6252.81%47.19%
6352.97%47.03%
6453.10%46.90%
6553.06%46.94%
6653.23%46.77%
6753.16%46.84%
6853.56%46.44%
6953.81%46.19%
7054.08%45.92%
7154.23%45.77%
7254.47%45.53%
7354.58%45.42%
7455.16%44.84%
7555.31%44.69%
7655.79%44.21%
7756.11%43.89%
7856.41%43.59%
7956.66%43.34%
8057.24%42.76%
8157.61%42.39%
8258.06%41.94%
8358.91%41.09%
8459.90%40.10%
8559.96%40.04%
8660.87%39.13%
8760.63%39.37%
8861.06%38.94%
8961.71%38.29%
9062.84%37.16%
9162.76%37.24%
9263.85%36.15%
9363.25%36.75%
9465.58%34.42%
9565.74%34.26%
9665.70%34.30%
9767.39%32.61%
9870.62%29.38%
9967.72%32.28%
100+68,93%31,07%

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