La diferencia fundamental entre un Estado unitario y un Estado federal se encuentra en el origen de la soberanía y en la distribución constitucional del poder territorial. En el Estado unitario existe un único sujeto soberano, una sola Constitución y un poder constituyente único e indivisible; en el Estado federal, varios Estados o entidades políticas se unen, ceden parte de su soberanía a una Federación y conservan competencias, instituciones y normas propias.
Ambos modelos pueden repartir el poder político entre un centro y distintos territorios, pero no lo hacen de la misma manera. En un Estado unitario descentralizado, las entidades territoriales reciben sus competencias de la Constitución y no son soberanas; en un Estado federal, los Estados federados poseen una autonomía constitucionalmente garantizada y participan en la organización del poder federal.
Qué es el Estado y cómo se clasifican sus formas
El Estado es el conjunto de las instituciones que ordenan, regulan y administran formalmente la vida política, jurídica y social en un territorio determinado, a través del monopolio legítimo de la violencia. No debe confundirse con “país” (el territorio de un Estado soberano), “nación” (el conjunto de los habitantes de un Estado soberano) o “gobierno” (el personal y las instituciones que administran el Estado).
Los tipos de Estados son las diferentes formas que puede adoptar una entidad política estatal en determinados países y en distintos momentos de la historia. Los tipos o formas de Estado pueden distinguirse según diversos criterios de clasificación.
- Según su organización territorial, se puede distinguir entre Estados unitarios, Estados unitarios regionalizados, Estados federales, Estados confederales y Estados dependientes.
- Según su organización política, se puede diferenciar entre repúblicas y monarquías.
- Según su sistema de gobierno, se puede distinguir entre democracias, dictaduras y autocracias.
La comparación entre Estado unitario y Estado federal se refiere principalmente a la organización territorial del poder, no a la forma de gobierno. Un Estado unitario o federal puede ser, según su organización política, una república o una monarquía, y puede funcionar bajo distintos sistemas de gobierno.
Estado unitario: concepto y características
Un Estado unitario es aquel que se crea por la voluntad de un solo pueblo soberano y que, por tanto, tiene una sola Constitución. El poder constituyente, el poder original que construye el Estado, es único e indivisible.
La Constitución crea todos los demás poderes, denominados poderes constituidos, y puede dividirlos territorialmente o no. Por ello, la existencia de regiones, provincias o municipios no convierte por sí misma a un Estado en federal.
Los Estados unitarios son aquellos en los que existe un gobierno único y central, cuya sede se ubica en la capital del país y que gobierna sobre el territorio de manera homogénea. Aun así, los Estados unitarios pueden ser completamente centralistas, cuando el gobierno central concentra todo el poder, o pueden permitir cierto grado de descentralización administrativa o política, cuando existe un margen de autonomía regional concedido por la autoridad central.
Estado unitario centralizado
Si la Constitución establece que el poder de legislar, ejercido por el Parlamento, el de ejecutar las leyes, ejercido por el Gobierno, y el de juzgar, ejercido por los jueces, no esté repartido entre el Estado y los distintos territorios, estaremos ante un Estado que, además de unitario, es centralizado.
Un Estado unitario o centralizado posee un único centro de poder político ejercido a través de distintos órganos dependientes del poder central y encargados de diferentes funciones. En los Estados unitarios, casi todo el poder del Estado reside en un gobierno centralizado que tiene la autoridad suprema.
La centralización puede ser concentrada o desconcentrada. En el centralismo concentrado, el gobierno central concentra todo el poder; en el centralismo desconcentrado, existe un margen de autonomía regional concedido por la autoridad central.
Estado unitario descentralizado
Si la Constitución establece un reparto de los poderes constituidos entre el Estado y sus divisiones territoriales, el Estado seguirá siendo unitario pero descentralizado.
En este tipo de Estados se suelen atribuir parte de los poderes legislativos y ejecutivos a las regiones, que tendrán Gobierno y Parlamento, pero no el poder judicial, que suele permanecer centralizado.
Los Estados unitarios regionalizados son Estados unitarios descentralizados que paulatinamente ceden mayor soberanía a sus regiones o provincias, hasta el punto de reconocerles un estatuto político de autonomía como “regiones autónomas” o “comunidades autónomas”. En ocasiones, siguen siendo clasificados simplemente como Estados unitarios con grados variables de descentralización.
Por ejemplo: España, Italia y Serbia. Otros ejemplos de Estados unitarios son Japón, Francia, Reino Unido, China e Israel.

Estado federal: concepto y características
Un Estado compuesto o federal es aquel que se crea por la unión de varios Estados libres e independientes que deciden crear un macro-Estado que los integrará a todos. Para ello, los Estados miembros ceden parte de su poder soberano a esa entidad territorial común, denominada Federación.
Un Estado Federal es un tipo de organización política en el cual un conjunto de estados o provincias se unen bajo un gobierno central, manteniendo también sus propios gobiernos locales.
En términos generales, un Estado federal divide o distribuye el poder político entre una autoridad central y autoridades en niveles regionales que tienen considerables niveles de autonomía política, administrativa, presupuestaria y jurídica respecto de la autoridad central.
Los Estados federales o federaciones son aquellos que consisten en la unión de estados, provincias u otras entidades territoriales, que ceden a un gobierno central, llamado gobierno federal, una cuota importante de su autoridad política para funciones que conciernen al conjunto de la nación, pero retienen buena parte de su autonomía y sus propias leyes e instituciones de gobierno.
Por lo tanto, en estos Estados coexisten los gobiernos locales o regionales, con su propia legislación, y un gobierno federal, con una Constitución común.
Constituciones y soberanía en el Estado federal
En un Estado federal coexisten las Constituciones de los Estados federados, que son los territorios miembros, y la Constitución de la Federación, que es el Estado central.
Las características principales incluyen: la existencia de dos niveles de gobierno, uno central y otro local; la división de competencias entre ambos niveles; una constitución federal que establece la unión; y la autonomía de los estados o provincias.
Los tres poderes, legislativo, ejecutivo y judicial, también se reparten entre la Federación y los Estados federados. Las autoridades regionales participan del poder político central, actuando de manera coordinada para establecer las leyes que serán aplicadas de manera transversal a todos los niveles regionales.
Entre esas materias pueden encontrarse las relaciones internacionales, los impuestos nacionales y las políticas públicas nacionales.
Niveles de gobierno y distribución de competencias
En EEUU, el federalismo es el proceso político en el que el poder se comparte entre distintos niveles de gobierno. A nivel nacional está el gobierno federal, que comparte el poder con los gobiernos provinciales o regionales. Dentro de estos subestados, el poder también se comparte con los gobiernos locales.
Así pues, existen tres niveles de gobierno. El federalismo es una forma compuesta de gobierno que incluye que el gobierno central, los estados y los municipios tengan diferentes tareas y responsabilidades para compartir el poder en un complejo sistema de controles y equilibrios.
Los estados federales suelen tener al menos tres niveles de gobierno: el gobierno federal nacional, los gobiernos subestatales provinciales y, por último, los gobiernos municipales.
Los alcaldes, los gobernadores y los presidentes tienen responsabilidades comunes, como resolver las crisis, tener en cuenta los intereses de sus electores y preocuparse por la política fiscal. Sin embargo, su ámbito difiere enormemente.
Un presidente se ocupa de toda la nación, un gobernador de todo un estado y un alcalde sólo de su ciudad. Sin embargo, la gobernanza local puede tener un aspecto diferente en cada estado y puede ser compleja.
Diferencias esenciales entre Estado unitario y Estado federal
| Aspecto | Estado unitario | Estado federal |
|---|---|---|
| Origen | Se crea por la voluntad de un solo pueblo soberano. | Se crea por la unión de varios Estados libres e independientes. |
| Poder constituyente | Es único e indivisible. | Se distribuye entre la Federación y los Estados federados según la Constitución federal. |
| Constitución | Existe una sola Constitución nacional. | Coexisten la Constitución federal y las Constituciones de los Estados federados. |
| Soberanía territorial | Las entidades territoriales no son sujetos soberanos. | Los Estados federados conservan una autonomía constitucionalmente garantizada. |
| Competencias | Las competencias territoriales proceden del Estado y de su Constitución. | Las competencias se distribuyen entre la Federación y los Estados federados. |
| Poder judicial | Suele permanecer centralizado, especialmente en los Estados unitarios descentralizados. | También puede repartirse entre la Federación y los Estados federados. |
| Participación territorial | Las regiones pueden tener Gobierno y Parlamento, pero no poder constituyente propio. | Los Estados federados participan en el poder federal y conservan instituciones propias. |
La diferencia decisiva: autonomía territorial y soberanía
Un Estado federal y un Estado unitario descentralizado son realidades distintas que comparten un rasgo esencial que les hace funcionar de modo similar: el poder político, legislativo y ejecutivo, se encuentra repartido entre el centro y las partes.
Sin embargo, también tienen una diferencia fundamental: los territorios de un Estado unitario descentralizado no son sujetos soberanos y no tienen poder constituyente. Al contrario, son creación de ese único sujeto constituyente original.
En un Estado unitario descentralizado, la autonomía territorial es una forma de descentralización creada y garantizada por el ordenamiento constitucional del Estado. La entidad territorial puede ejercer competencias propias, pero no constituye por sí misma el origen soberano del Estado.
En un Estado federal, los Estados federados conservan una esfera propia de autonomía y participan en la estructura federal. El gobierno federal no es simplemente el gobierno central de un Estado unitario, porque sus competencias están constitucionalmente delimitadas y coexisten con las competencias de los Estados miembros.
Los Estados federales se distinguen del Estado unitario no por la circunstancia de la diferenciación vertical, que ambos tienen, sino por el grado superior y por una forma especial de descentralización.
Ya hemos visto que el Estado federal no difiere del unitario más que por el grado superior y por una forma especial de descentralización. Hay que buscar en esta descentralización superior la diferencia.
Competencias federales, estatales y compartidas
Algunas de las tareas legislativas reservadas a los gobiernos federales son determinar si el país entra en guerra, gestionar la moneda, aplicar la política comercial, conceder patentes y gestionar las carreteras interestatales que atraviesan el país.
En EEUU, lo que no legisla el gobierno federal se deja en manos de los estados. Por ejemplo, los estados pueden decidir las leyes sobre seguros, sanidad pública, educación, banca, empresas y derecho penal del territorio específico del estado.
Este poder ha dado lugar a algunas diferencias muy evidentes y a menudo discutidas entre los estados de EEUU. Los medios de comunicación estadounidenses discuten a menudo las diferencias legales entre los estados, como las leyes relativas a la policía, el aborto, las armas, el voto, los impuestos y la pena de muerte.
El poder compartido se refiere a que distintos niveles de gobierno tienen poderes concurrentes. Algunos ejemplos en los que la jurisdicción legal entre el gobierno federal y los gobiernos estatales se solapa son la educación, la construcción de carreteras y los impuestos.
Federalismo simétrico y asimétrico
El federalismo implica que el Estado federal tiene una división de poderes con los subestados dentro del territorio del Estado federal. La diferencia más notable entre los distintos Estados federales es el federalismo simétrico frente al asimétrico.
Federalismo simétrico
El federalismo simétrico significa que cada estado dentro de la federación posee el mismo poder. EEUU es un ejemplo de federalismo simétrico porque todos los estados, independientemente del tamaño de su territorio o población, poseen el mismo poder según la Constitución.
Cada estado tiene dos senadores a nivel federal, y cada estado puede elaborar sus propias leyes relativas a las áreas en las que tiene jurisdicción.
Federalismo asimétrico
El federalismo asimétrico significa que algunos subestados de una federación poseen más poder que otros subestados, aunque tengan el mismo estatus constitucional.
Canadá y Rusia son ejemplos de federalismo asimétrico, porque los subestados de la federación no poseen los mismos poderes ni niveles de autonomía.
Rusia tiene 83 sujetos federales. Hay seis grados diferentes de autonomía que pueden poseer los sujetos, y esto difiere en función de la situación local.
Este sistema federal asimétrico hace posible que las etnias tengan autonomía. Por ejemplo, los sujetos federales declarados repúblicas pueden tener su propia constitución y lengua oficial.
Esto concede a las naciones étnicas libertad y autonomía en sus asuntos locales sin dejar de pertenecer a la gran federación.
Ejemplos de Estados federales
Existen numerosos Estados federales en todo el mundo, y no hay dos Estados que tengan la misma estructura. Algunos ejemplos de Estados federales incluyen Estados Unidos, México, Alemania, Brasil, Argentina, India y Canadá.
Estados Unidos
Los 50 estados están simbólicamente representados en la bandera del país en forma de estrellas. Cada estado tiene un gobernador, una capital estatal y su propio órgano legislativo.
Así, los estados tienen derecho a elaborar sus leyes en las áreas en las que tienen jurisdicción. A nivel federal, en el Senado de EEUU, cada estado, independientemente de su superficie o población, tiene el mismo poder con dos senadores cada uno.
En la Cámara de Representantes, los 435 representantes de la legislatura se distribuyen en función de la población del estado. Por ejemplo, el estado más poblado, California, tiene 52 representantes. Mientras, el estado menos poblado, Wyoming, sólo tiene un representante.
Alemania
Alemania tiene dieciséis estados parcialmente soberanos, conocidos como Bundesländer en alemán. El Bundestag federal es un órgano legislativo elegido directamente por el pueblo alemán en Alemania.
Por su parte, el Bundesrat es la cámara gubernamental que representa a los Bundesländer. Estos políticos representan los intereses de su estado y votan en consecuencia.

Canadá y Quebec
Quebec es una provincia de la federación de Canadá que cuenta con una importante población francófona, mientras que en el resto del país predomina el inglés.
Ha habido movimientos secesionistas dentro de Quebec para que esta provincia se convierta en su propia nación debido a su identidad lingüística y étnica única. Sin embargo, el Estado canadiense ha acomodado a Quebec en la federación, ya que el gobierno canadiense funciona en un entorno bilingüe.
El gobierno federal canadiense también ha concedido a Quebec un amplio grado de autonomía que otras provincias del territorio federal no poseen. Por ejemplo, tres de los nueve magistrados del Tribunal Supremo canadiense deben proceder de Quebec.
Además, Quebec puede gestionar sus propias leyes de empleo e inmigración. Canadá es una historia de éxito en la integración de un sujeto federal que ha tenido movimientos secesionistas.
Brasil y Chile
Esta investigación considera que la forma de Estado y sus relaciones de poder afectan la toma de decisiones y los lineamientos de las políticas públicas de las naciones.
En Chile, Estado Unitario, las decisiones gubernamentales son centralizadas y están a cargo del gobierno nacional sin el compartimiento de responsabilidades con otros niveles de gobierno.
En Brasil, Sociedad de Estado con el Sistema de Gobierno Federativo, los miembros están dotados de autonomía con múltiples polos políticos-administrativos en consonancia a la soberanía del Estado Federal.
En ambos países, que se encuentran en procesos diferentes con relación a la gobernanza metropolitana, la política urbana y territorial de las regiones conserva aún rasgos de una lógica de política de gobierno, pero los procesos legales actuales apuntan a considerar una política de Estado.
A pesar de los avances y posibilidades de cambios estructurales para el desarrollo de las Regiones Metropolitanas de Santiago y de Salvador, fueron identificados algunos obstáculos para la implementación de la gobernanza e institucionalidad adecuadas, desde las prerrogativas política, fiscal y administrativa.
Tipos de federalismo según el funcionamiento del sistema
Federalismo cooperativo
El federalismo cooperativo describe los distintos niveles de gobierno que trabajan juntos para resolver problemas comunes.
La pandemia de COVID-19 requirió una respuesta de cada nivel de gobierno en EEUU. Las normas para la cuarentena, las pruebas y la vacunación diferían a nivel estatal.
Las normas para el enmascaramiento diferían según el municipio. Pero correspondió al gobierno federal instituir políticas nacionales, como las normas para los viajeros que entraban en el país, así como distribuir las vacunas.
Federalismo competitivo
El federalismo competitivo implica la competencia entre distintos gobiernos, especialmente en áreas en las que se solapan las jurisdicciones, para defender mejores intereses económicos.
Fue popular durante la administración Nixon de EEUU, cuando los estados competían por los fondos federales. En EEUU, como cada estado tiene sus prioridades y actividades económicas, puede resultar difícil para el gobierno federal crear un plan económico o de bienestar común.
Federalismo dual
El federalismo dual es una práctica anticuada, pero fue la base de la democracia estadounidense. En este tipo de federalismo, gobiernos separados pero igualmente poderosos se equilibran entre sí.
Esto tenía más sentido como sistema cuando había menos estados, y también había menos comunicación en toda la nación. La distancia ya no es una barrera tan grande para el gobierno o la comunicación en la era moderna.
Federalismo fiscal
El federalismo fiscal describe al gobierno federal que distribuye dinero a los estados con requisitos específicos sobre cómo debe utilizarse el dinero.
El gobierno federal es la entidad política más rica, ya que recauda impuestos de todo el territorio. Los estados también recaudan sus propios impuestos, pero el gobierno federal puede asignar sus fondos a los estados para proyectos o legislación específicos según considere oportuno.
Federalismo judicial
Con el federalismo judicial, el Tribunal Supremo decide si el gobierno federal o los gobiernos estatales tienen autoridad sobre determinados asuntos legales.
Esto ha dado lugar a momentos históricos en los que el Tribunal Supremo ha concedido o denegado a los estados determinados derechos. En 2015, el Tribunal Supremo definió el matrimonio homosexual como constitucional en toda la nación.
Antes de esta sentencia, el matrimonio homosexual sólo era legal en los estados que protegían este derecho en sus leyes estatales.
ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
España: Estado unitario de comunidades autónomas
Según la Constitución vigente, España es una nación constituida en un Estado democrático de Derecho en el que la soberanía y el poder constituyente como su máxima manifestación residen en el pueblo español como sujeto étnico-político soberano, una entidad histórica no fraccionable.
Es un Estado que se organiza territorialmente en “comunidades” como entidades subestatales que gozan de autonomía para la gestión de sus propios intereses.
El Estado español es, pues, un Estado unitario de comunidades autónomas, distinguiéndose éstas por su carácter regional o local.
Las comunidades regionales se denominan concretamente “comunidades autónomas”, mientras que las comunidades locales son los municipios y las provincias.
Estado unitario-autonómico
Podemos hablar de una peculiar o genuina forma de Estado hispánica que denominamos Estado unitario-autonómico, un Estado unitario muy descentralizado políticamente, mediante autonomía política regional, diferente de otras formas de Estado propias de otros países de nuestro entorno europeo.
Los Estados unitarios regionalizados son aquellos en los que las regiones o provincias reciben un estatuto político de autonomía y ejercen competencias propias sin convertirse en Estados soberanos.
En esta clasificación, España, Italia y Serbia son ejemplos de Estados unitarios regionalizados.
España y el Estado federal
Bien claro está que en absoluto cabe hablar de “plurinacionalidad” pues el Estado español no es, de ninguna manera, un compuesto de preexistentes naciones-Estado soberanas, no es una federación de Estados.
Los territorios de un Estado unitario descentralizado no son sujetos soberanos, no tienen poder constituyente y son creación de ese único sujeto constituyente original.
Por ello, la existencia de comunidades autónomas con competencias legislativas y ejecutivas no equivale por sí sola a la existencia de un Estado federal.
Comparación con otros modelos europeos
Podemos distinguir otras tres formas típicas de los otros tres principales Estados-nación de Europa Occidental: el Estado federal de los Länder alemanes, el Estado unitario francés, descentralizado administrativamente en regiones, y el Reino Unido de naciones originariamente soberanas en el caso británico.
La organización territorial del Estado debe responder a una realidad, a las peculiaridades de cada nación en su conformación territorial y al resultado de un determinado proceso histórico que, finalmente, debe ser considerado en la configuración político-constitucional de cada Estado.
No se trata, pues, de copiar modelos territoriales ajenos, propios de otros Estados, sino de consolidar una estructura político-territorial propia, arraigada históricamente y soportada sobre un amplio consenso social.
En el caso del modelo territorial español, éste no puede ser el resultado de una artificiosa “ingeniería constitucional” ajena a esos factores histórico-sociales, que es lo que principalmente debe tenerse en cuenta.
Autonomía, descentralización y devolución
La devolución es un proceso político en el que se concede a las subdivisiones autonomía y poderes funcionales sobre una base provincial.
La devolución suele ser un proceso a regañadientes que se impone al Estado central en función de la demanda. En el ejemplo de Canadá, Quebec tiene poderes especiales para mantener a Quebec como parte del Estado federal.
La autonomía territorial puede aparecer tanto en un Estado unitario regionalizado como en un Estado federal, pero su fundamento jurídico y político es diferente.
En el Estado unitario, la autonomía se concede dentro de un único orden constitucional y no transforma a las regiones en sujetos constituyentes soberanos. En el Estado federal, la autonomía de los Estados miembros forma parte de la estructura constitucional de la Federación.
Estado unitario, Estado federal y confederación
Los Estados confederales o confederaciones son agrupaciones de Estados independientes que, a diferencia de las federaciones, conservan su plena autonomía y pueden separarse de la confederación a voluntad, pues no están obligadas por una Constitución federal compartida.
Sin embargo, mientras forman parte de ella, deben comprometerse con las políticas comunes tomadas de mutuo acuerdo y funcionar como una unidad política y territorial.
Por tanto, una confederación no debe confundirse con un Estado federal. En la federación existe un Estado común con una Constitución federal y una autoridad federal; en la confederación, los Estados miembros conservan su independencia y se asocian mediante acuerdos comunes.
Por ejemplo: las Provincias Unidas de los Países Bajos (1588-1795) y los Estados Confederados de América (1861-1865).
Relación con la organización política y el sistema de gobierno
La organización territorial no determina por sí sola si un Estado es democrático, dictatorial o autocrático. Según el modo en que se organizan políticamente, se puede distinguir entre repúblicas y monarquías.
Las repúblicas son sistemas políticos en los que la soberanía reside en el pueblo, que elige a sus gobernantes, y en los que el poder público está distribuido en tres poderes autónomos, que se controlan mutuamente para evitar arbitrariedades y garantizar un equilibrio interno: el poder ejecutivo, el poder legislativo y el poder judicial.
Las monarquías son sistemas políticos en los que la jefatura del Estado recae en un monarca, de carácter hereditario y vitalicio, que puede ejercer realmente el poder político o tener una función más nominal o simbólica.
Según el sistema de gobierno, se puede distinguir entre democracias, dictaduras y autocracias.
Las democracias son formas de gobierno en las que la soberanía reside en el pueblo, que elige a sus representantes políticos mediante el derecho al voto y el reconocimiento de la decisión de las mayorías.
Las dictaduras son formas de gobierno no democráticas, a veces permanentes y a veces transicionales, en las que un pequeño grupo, generalmente una junta militar o la dirigencia de un partido, ejerce el poder político de manera autoritaria, sin respetar el principio de la división de poderes.
Las autocracias son formas de gobierno en las que el poder político está concentrado en una única persona, que gobierna sin restricciones legales y sin someterse a un sistema de separación de poderes.
Así, “unitario” y “federal” describen principalmente la estructura territorial del Estado, mientras que “república”, “monarquía”, “democracia”, “dictadura” y “autocracia” describen otros aspectos de la organización política y del sistema de gobierno.