El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) contempla pagos mensuales provisionales y un pago anual, según la modalidad elegida y los antecedentes de renta del trabajador o trabajadora.
Para conocer si fuiste seleccionado, debes revisar el resultado de tu solicitud y verificar posteriormente la información relacionada con la modalidad de pago, los montos asignados y las eventuales suspensiones o reliquidaciones.
Cómo consultar si fuiste seleccionado para el Subsidio al Empleo Joven
La selección se relaciona con la revisión de los antecedentes del trabajador o trabajadora y con el cumplimiento de las condiciones exigidas para acceder al beneficio.
Una vez revisada la solicitud, es importante consultar el estado del beneficio y verificar si existe una fecha de pago disponible. También debes revisar si la modalidad escogida corresponde a pagos mensuales o a un pago anual.

Cómo se calcula el monto del subsidio
El monto del subsidio se calcula en base a las rentas brutas recibidas durante el período correspondiente.
El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.
En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta brutal mensual inferior a $684.868.
Para los empleadores el subsidio siempre será mensual.
Modalidades de pago del Subsidio al Empleo Joven
Pagos provisionales mensuales
Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual.
Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio.
El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes, con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago.
Pago anual
El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.
La reliquidación permite ajustar los anticipos mensuales considerando las rentas brutas efectivamente recibidas durante el año anterior.
| Modalidad | Características |
|---|---|
| Pago Mensual | Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual. |
| Pago Anual | El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior. |
| Pago para empleadores | Para los empleadores el subsidio siempre será mensual. |
Qué es la reliquidación
La reliquidación es el proceso mediante el cual se revisan los pagos provisionales mensuales en comparación con el monto definitivo que corresponde según las rentas brutas recibidas durante el año anterior.
Los pagos mensuales son anticipos del pago anual. Por ello, el monto definitivo puede ser diferente de la suma inicialmente pagada durante el año.
Por qué pueden solicitarte devolver dinero pagado en exceso
La devolución de dinero puede solicitarse cuando los montos pagados provisionalmente superan el beneficio que corresponde después de revisar las rentas y demás antecedentes.
La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.
Por esta razón, si recibes una notificación de reintegro, debes revisar la información indicada y considerar el plazo señalado desde la fecha de notificación.
Edad máxima para recibir el beneficio
El subsidio se otorga hasta el último día del mes en que el trabajador/a tenga 24 años de edad.
Qué ocurre si el pago es en efectivo
Si mi forma de pago es en efectivo, ¿cuánto tiempo tengo para retirar el monto del subsidio?
El retiro debe gestionarse dentro del período de vigencia informado para el pago. Si el pago caduca, existe un procedimiento específico para solicitarlo nuevamente.
Cómo solicitar un pago caducado
¿Cómo puedo solicitar un pago caducado hace 5 años o menos?
Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.
Solicitud de extensión del subsidio
¿Cuándo se realiza el pago después de haber hecho la solicitud de extensión del subsidio?
En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud.
Compatibilidad con el Ingreso Mínimo Garantizado
¿Puedo postular al Ingreso Mínimo Garantizado si soy beneficiario del Subsidio al Empleo Joven?
En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven (SEJ), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG).
No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por SEJ quedará suspendido.
¿Qué pasa con mi pago mensual y anual de SEJ si también soy beneficiario del Ingreso Mínimo Garantizado?
Si calificas para el IMG, recibirás pago por IMG y el pago por SEJ quedará suspendido.
Compatibilidad con el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas
¿Qué pasa con mi pago mensual de SEJ si mi empleador me postula y soy beneficiario del Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas?
En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven, no hay problemas en que tu empleador te postule y califiques para el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas.
No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si eres beneficiario para este último, recibirás pago por el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas y el pago por SEJ quedará suspendido.
Cómo renunciar al Subsidio al Empleo Joven
Renuncia del trabajador o trabajadora
En caso de ser trabajador/a, ¿qué debo hacer para renunciar al SEJ?
Para renunciar al Subsidio al Empleo Joven, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa.
Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser beneficiario/a del subsidio.
Renuncia solicitada por el empleador
En caso de ser empleador, ¿qué debo hacer para renunciar a SEJ y/o BTM por mis trabajadores/as?
Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.
Montos de un beneficiario fallecido
¿Qué debo hacer para solicitar montos de un familiar fallecido que fue beneficiario/a del SEJ?
Para solicitar montos de un beneficiario/a fallecido/a del SEJ, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano en donde se debe indicar que se requiere gestionar el monto disponible del usuario(a) fallecido(a) y el año respectivo del beneficio.
En caso de ser más de un heredero legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito (según formato establecido, ingresa aquí).
Diferencias con el Bono al Trabajo de la Mujer
¿Puedo postular al Ingreso Mínimo Garantizado si soy beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer?
En caso de que ya seas beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG).
No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por BTM quedará suspendido.
¿Qué pasa con mi pago mensual y anual de BTM si también soy beneficiaria del Ingreso Mínimo Garantizado?
Para renunciar al Bono al Trabajo de la Mujer, debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa.
Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser beneficiaria del subsidio.
Además, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3° e inciso tercero del artículo 4° del decreto N°3, de 2012, que aprueba el Reglamento del artículo 21° de la ley N°20.595, las trabajadoras dependientes e independientes podrán acceder al subsidio por una sola vez, por un plazo de 4 años continuos.
Montos de una beneficiaria fallecida del BTM
¿Qué debo hacer para solicitar montos de una familiar fallecida que fue beneficiaria del BTM?
Para solicitar los montos de una beneficiaria fallecida del BTM, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano en donde, se debe indicar que se requiere gestionar el monto disponible de la usuaria fallecida y el año respectivo del beneficio.
En caso de ser más de un heredero legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito (según formato establecido, ingresa aquí).
BTM y Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas
¿Qué pasa con mi pago mensual de BTM si mi empleador me postula y soy beneficiaria del Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas?
En caso de que ya seas beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer, no hay problemas en que tu empleador te postule y califiques para el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas.
No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si eres beneficiaria para este último, recibirás pago por el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas y el pago por BTM quedará suspendido.